Proteger las tierras y los derechos será la misión de la URT en el estado de conmoción interior que decretó el Gobierno

Proteger las tierras y los derechos será la misión de la URT en el estado de conmoción interior que decretó el Gobierno

El Registro Único de Protección de Tierras y Territorios Abandonados (RUPTA), administrado por la entidad desde el 2015, es la herramienta destinada a proteger los predios de las familias desplazadas o en riesgo de desplazamiento a causa de la violencia de actores armados ilegales en Norte de Santander. La medida busca evitar despojos o pérdida de derechos sobre la posesión, ocupación y propiedad de la tierra.

El Registro Único de Protección de Tierras y Territorios Abandonados (RUPTA), administrado por la entidad desde el 2015, es la herramienta destinada a proteger los predios de las familias desplazadas o en riesgo de desplazamiento a causa de la violencia de actores armados ilegales en Norte de Santander. La medida busca evitar despojos o pérdida de derechos sobre la posesión, ocupación y propiedad de la tierra.  

Bogotá, 3 de febrero de 2025 (@URestitucion). Salvaguardar el territorio y los bienes de las comunidades, ante la situación de orden público que se presenta en la región del Catatumbo, en Norte de Santander, así como en los municipios de Río de Oro y González en el Cesar, es la prioridad de la Unidad de Restitución de Tierras (URT) como parte del cumplimiento del Decreto 0108 de 2025, proferido por el Gobierno Nacional. 

“La historia de la violencia en Colombia ha demostrado que, cuando se presentan estos hechos, se agudiza el despojo de tierras en los territorios afectados. La diferencia es que, en esta desafortunada situación que está viviendo el Catatumbo, podemos responder con mayor oportunidad. Más aún cuando estamos bajo un estado de conmoción interior”, argumentó Giovani Yule, director general de la URT. 

Para Yule, el Decreto 0108 de 2025 trae dos novedades importantes: la primera es adelantar medidas de protección colectiva. Es decir, de una manera masiva se emprenden estas medidas ante las graves situaciones de violencia que dejan como consecuencia el desplazamiento de la población. La segunda es que la URT puede aplicar estas acciones a través del Registro Único de Protección de Tierras y Territorios Abandonados (RUPTA), cuando una vereda, corregimiento, o municipio esté en riesgo inminente de desplazamiento o confinamiento. 

Por ende, durante la vigencia del estado de conmoción interior, la URT impartirá medidas de protección a través del RUPTA sobre las tierras y territorios que sean abandonados como resultado del desplazamiento masivo, o en riesgo de ser abandonados, por causa de esta coyuntura. 

La tarea enunciada avanzará, para proteger los derechos de los propietarios, poseedores y ocupantes e impedir cualquier acción de enajenación o transferencia de títulos de propiedad de estos bienes, cuando tal acción se adelante contra la voluntad de los titulares. También se realizará la inscripción de las medidas preventivas y publicitarias frente a los poseedores y ocupantes. 

Las medidas de protección del RUPTA adoptadas no suspenderán los procesos de formalización predial, asignación o reconocimiento de derechos, y acceso a tierras en los casos en los que el interesado sea el mismo beneficiario de la medida de protección, su compañero o compañera permanente, cónyuge o alguno de sus legitimados, en los términos del artículo 81 de la Ley 1448 de 2011. 

Los estados de excepción

La Constitución Política, en su artículo 213, confiere facultades al presidente de la República para declarar los estados de excepción, que son medidas extraordinarias para responder a situaciones graves y anormales. Estos se declaran cuando el Gobierno no puede enfrentar la situación bajo sus competencias ordinarias. 

Unidad de Restitución de Tierras

Dirección: Cra. 13a #29-24. Edificio Allianz. Pisos 8 - 13. Bogotá, D.C. 

Teléfonos: (601) 427 9299 // (601) 377 0300 - Línea nacional 01 8000 12 4212